FERIADOS INAMOVIBLES
Feriados Nacionales que rigen por el decreto 1584/10 y sus modificatorias DNU 52/2017 y 80/2017
FERIADOS TRASLADABLES
Feriados Nacionales que rigen por el decreto 1584/10 y sus modificatorias DNU 52/2017 y 80/2017
DÍAS NO LABORABLES
(a) Ley Nº 26.199 dictada en conmemoración del genocidio sufrido por el pueblo armenio. Los empleados y funcionarios de organismos públicos y los alumnos de origen armenio quedan autorizados a disponer libremente de los días 24 de abril de todos los años para poder asistir y participar de las actividades que se realicen en conmemoración de la tragedia que afectó a su comunidad. Se invita a los gobiernos provinciales a adherir a las disposiciones de la presente ley.
(b) Sólo para habitantes que profesen la Religión Judía. Dispuesto por el Decreto 1584/2010.
* Los dos primeros días de Pesaj (Pascua) comienzan el día 10 de abril a las 18:18 horas y finalizan el día 12 de abril a las 19:12 horas. Los dos últimos días de Pesaj (Pascua) comienzan el día 16 de abril a las 18:11 horas y finalizan el 18 de abril a las 19:05 horas.
** Los dos días de Rosh Hashana (Año Nuevo) comienzan el día 20 de septiembre a las 18:31 horas y finalizan el día 22 de septiembre a las 18:33 horas.
*** El día de Iom Kipur (Día del Perdón) comienza el día 29 de septiembre a las 18:38 horas y finaliza el día 30 de septiembre a las 19:35 horas.
(c) Sólo para los habitantes que profesen la Religión Islámica. Dispuesto por el Decreto 1584/2010. Fechas aproximadas. Se rigen por el calendario lunar.