¿Qué es el derecho de acceso a la información pública?

Es el derecho que tiene toda persona a buscar y recibir información en manos del Estado y de los sujetos obligados por la Ley de 27.275. De esta manera, las personas pueden conocer las transformaciones que impulsa el Estado, cómo trabaja y qué bienes y servicios pone a disposición.

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¿Qué se considera como información pública?

Es información relacionada con programas, decisiones, acciones y todo tipo de dato contenido en documentos en cualquier formato (texto, imagen, etc.) que generen, obtengan, transformen, controlen o custodien los sujetos obligados de la Ley 27.275 de Acceso a la Información, salvo aquellas excepciones previstas en el artículo 8 y el decreto reglamentario 206/2017. La UNSAM está comprendida dentro de los sujetos obligados por ser un organismo público autónomo.

¿Cómo realizo una solicitud?

  • Mediante el siguiente FORMULARIO ON LINE que se encuentra en este Portal.
  • De manera presencial en la mesa de entrada de Acceso a la Información Pública de la UNSAM, cito en Yapeyú 2068, tercer piso contrafrente del partido de General San Martín en el horario de 10 a 16

Procedimiento para solicitar información pública

¿Quiénes pueden solicitar información?
Cualquier persona puede solicitar información. No hay necesidad de justificar por qué ni para qué se la requiere. La totalidad del proceso de solicitud y entrega de información es gratuito.

¿Cuál es el plazo para que te respondan?
El organismo tiene un plazo de 15 días hábiles para responder a tu solicitud. En caso de que necesiten más tiempo para recopilar la información solicitada, puede pedir 15 días más de prórroga, lo que te informarán por escrito.

¿Qué debo hacer si no me responden?
Si solicitaste información pública y no te respondieron, o considerás que la información que te dieron está incompleta o es errónea, podés contactarte a los siguientes correos electrónicos: cimboden@unsam.edu.ar y garciar@unsam.edu.ar

De no obtener una respuesta, podés presentar un reclamo, ante la Agencia de Acceso a la Información Pública que es el órgano garante del derecho de acceso a la información pública, en el siguiente link:  Agencia de Acceso a la Información Pública.

¿Cómo se protegen los datos personales en poder de la Universidad ante un requerimiento de acceso a la información pública?

Está previsto que el derecho a acceder a información en poder de la universidad establecido en la ley 27.275 esté armonizado con lo establecido en la Ley N° 25.326 de Protección de los Datos Personales.

Ley Nº 27.275
El derecho de acceso a la información pública y los datos personales

La armonización del derecho de acceso a la información pública y la protección de los datos personales, constituye uno de los principales desafíos a enfrentar a la hora de llevar a la práctica los contenidos de las normas de acceso a la información.

En nuestro país, la Ley N° 25.326 de Protección de los Datos Personales, regula la protección de este derecho fundamental, y echa luz sobre esta cuestión al definir los conceptos de datos personales y datos personales de carácter sensible.

Los datos personales son aquellos referidos a personas físicas o de existencia ideal
determinadas o determinables. Los datos personales de carácter sensible son los que revelan el origen racial y étnico, opiniones políticas, convicciones religiosas, filosóficas o morales, afiliación sindical e información referente a la salud o a la vida sexual (Art. 2).

Para el tratamiento de datos personales, si bien la Ley especifica que es necesario el consentimiento de su titular, en el artículo 5 establece en qué casos no es necesario dicho consentimiento. De la enumeración, se destacan dos incisos:

b) excluye de la necesidad de consentimiento a los datos que se recaben para el ejercicio de funciones propias de los poderes del Estado o en virtud de una obligación legal;
c) refiere a los listados cuyos datos se limiten al nombre, Documento Nacional de Identidad (DNI), CUIT/CUIL, fecha de nacimiento y ocupación.

 

Responsable de Acceso a la Información Pública:
Nombre y Apellido: Cecilia Eugenia Imboden
Correo electrónico: cimboden@unsam.edu.ar

Subresponsable de Acceso a la Información Pública:
Nombre y Apellido:    Romina García
Correo electrónico: garciar@unsam.edu.ar

Mesa de entrada de Acceso a la Información Pública:
Dirección: Yapeyú 2068, 3° piso contrafrente.
Localidad: General San Martín
Código postal: 1650
Horario de atención: 10 hs. a 16 hs.