Es el órgano máximo de gobierno y de mayor representación de la Universidad. Tiene entre sus atribuciones modificar el estatuto, elegir al Rector/a y Vicerrector/a, así como fijar los lineamientos generales de la política universitaria.
Se integra con la totalidad de los miembros titulares del Consejo Superior y los miembros titulares de los Consejos de Escuela.

Artículos del estatuto universitario

Es el órgano que ejerce la jurisdicción superior administrativa y normativa de la Universidad. En él se refleja el principio de cogobierno por parte de los claustros de docentes, no docentes y estudiantes. Está integrado por el Rector, Vicerrector, Decanos/as de /Escuelas y de Institutos Asociados, Consejera/os docentes, Consejera/os estudiantes, Consejera/o No docente y representante de la Fundación UNSAM.  Sus miembros ejercen el gobierno de la universidad con voz y voto. Entre sus funciones se encuentran discutir y aprobar el presupuesto y decidir sobre el planeamiento general de la universidad.

Las actividades del cuerpo colegiado se organizan a través de la Secretaría del Consejo Superior a cargo de la Licenciada Solange Novelle.

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El/la Rector/a es responsable de instrumentar la política institucional definida por la Asamblea y el Consejo Superior.  Ejerce la representación institucional de la Universidad. Dirige la gestión administrativa, contable, patrimonial.

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La Universidad adopta para su organización la estructura de Escuelas e Institutos Asociados. Estas unidades académicas constituyen el nivel organizacional principal de la Universidad y tienen la misión de: 1) promover la formación de pregrado, grado y posgrado, coordinando e integrando el desarrollo de la oferta académica; 2) conducir las tareas de docencia e investigación, garantizando su articulación y complementación; 3) impulsar la extensión, la transferencia y el desarrollo vinculados a su temática.

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Decanos/as: es la autoridad unipersonal ejecutiva que se encarga de la dirección de las Escuelas. Entre sus atribuciones se encuentran, ejercer la representación de la Escuela, coordinar y supervisar sus actividades, designar a los y las docentes interino/as en acuerdo con el Consejo de Escuela, elaborar el informe anual de gestión, formular y elevar la propuesta del presupuesto anual.
Consejos de Escuelas: es un órgano de cogobierno de las Escuelas, integrado por docentes, estudiantes y no docentes. Entre sus funciones se destacan la de aprobar pautas, procedimientos y normas para la organización interna de las actividades de la Escuela, asistir al Decano y requerirle la información que se considere necesaria para garantizar la  transparencia de los actos administrativos, proponer la creación y/o modificación de carreras de pregrado, grado y posgrado así como los llamados a concursos,  proponer la designación de autoridades de las unidades funcionales que dependan de la Escuela.

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